martes, 24 de noviembre de 2015

LA MICROFORMA

5: LA MICROFORMA
Según el articulo 1¨°  Decreto Legislativo 681, modificado por  la Ley n° 26612, la microforma es:
Microforma: "Imagen reducida y condensada, o compactada, o digital-izada de un documento, que se encuentra grabado en un medio físico técnicamente idóneo, que le sirve de soporte material, portador, mediante un medio físico técnicamente idóneo, que le sirve de soporte material, portador, mediante un proceso fotoquimico, informático, electrónico, electromagnético, o  que emplee alguna tecnología de efectos equivalentes, de modo que tal  imagen se conserve y pueda ser vista y leída con ayuda de equipos visores o métodos análogos, y puede ser reproducida en copias impresoras, esencialmente iguales al documento original.|
La microarchivista digitales fueron creadas en el Perú, mediante la dacion del decreto legislativo N°689, que busca despapelizar y fomentar la digitalizacion en la administración de justicia. El decreto legislativo fue promulgado el 14 de octubre del año 1991.
Esta norma regulo el uso de tecnologías avanzadas en materia de archivo de documentos e información producida por medios informáticos.
Las ventajas del uso de microformas son:
a) validez legal en procesos administrativos y judiciales,
b) garantía de integridad, autenticidad e inalterabilidad del documento ,
c) destrucción del documento en soporte papel
d) emisión de microduplicados.

La microarchivista  digital es una opción que tienen algunas empresas e instituciones publicas de digitalizar sus documentos, estos se convierte en microarchivos un ejemplo es la RENIEC, puesto que cada DNI ya sea de tamaño tradicional o los modernos y pequeños que caben en una billetera, son documentos electrónicos, que tienen en una base de datos la imagen microarchivada de nosotros.


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